miércoles, 21 de mayo de 2014

Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Programa Integral de Becas en su modalidad Alimenticias
En el marco del Plan de Desarrollo Institucional 2013-2017, que propone el Programa de Acompañamiento al Estudiante, y en términos de lo establecido por la fracción V del artículo 187 del Estatuto Orgánico de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, y con el ánimo de brindar bienestar físico, emocional y académico, así como de facilitar la culminación de estudios a estudiantes de escasos recursos, se emite la siguiente:
C O N  V O C A T O R I A
A los estudiantes que realicen estudios de licenciatura (escolarizada) en la Institución, para que puedan obtener una beca alimenticia, de acuerdo con las siguientes:
B A S E S
PRIMERA. Quienes cumplan con los requisitos establecidos en la presente Convocatoria, podrán obtener una beca que consiste en recibir alimentación de manera gratuita, en los espacios destinados para este servicio que fije la Institución, de lunes a viernes, por una sola ocasión al día de 7:00 a 14:00 hrs. Las becas alimenticias se otorgarán durante el periodo de verano 2014, a partir del 2 de junio y hasta el 4 de julio del año en curso.

SEGUNDA. Podrán participar los alumnos de licenciatura que acrediten lo siguiente: 1. Estar inscrito en alguno de los programas escolarizados para el periodo verano 2014. 2. Contestar con veracidad el estudio socioeconómico (bajo protesta de decir verdad).

TERCERA. No podrán participar en el programa de becas alimenticias los siguientes alumnos: 1. Quien reciba algún otro tipo de beca institucional u otorgada por organismo público o privado al momento de solicitar la beca y durante el tiempo en que reciba los beneficios de la misma. 2. A quien le haya sido cancelada alguna de las becas que ofrece la Institución, por alguna causa imputable a él, en el periodo escolar inmediato anterior. 3. Quien haya sido sancionado por incumplimiento o violación a la legislación universitaria.

CUARTA. Para iniciar el proceso, el alumno que aspire a la beca, deberá ingresar a la página electrónica de becas de la Institución, en la siguiente dirección www.becas.buap.mx para capturar los datos requeridos en la solicitud oficial del programa de becas.

QUINTA. Al momento de efectuar la solicitud de beca, el alumno que la solicite deberá adjuntar, en formato PDF o JPG, los siguientes documentos:
1. Copia de su Identificación Oficial (IFE, Cartilla del servicio militar o pasaporte).
2. Comprobante de ingresos de la o las personas de quien dependa económicamente.
3. Presentar un comprobante domiciliario.
4. En caso de tener hijos, adjuntar acta de nacimiento de éstos. Una vez requisitado lo que se solicita en la presente base y anexados los documentos señalados, deberá imprimir y conservar el comprobante que emite el sistema de captura, el cual servirá como acuse de recibo.

El registro no garantiza la asignación de la beca alimenticia.

SEXTA. El periodo de recepción de solicitudes de becas se llevará a cabo a partir de las 9:00 horas del día viernes 9 de mayo y hasta las 18:00 horas del lunes 19 de mayo del año en curso. Este periodo es IMPRORROGABLE.

SÉPTIMA. A fin de dar certeza y transparencia al otorgamiento de las becas que se ofertan, el Rector de la Institución, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 62 del Estatuto Orgánico de la Institución, designa un Comité Técnico Calificador, que será el encargado de verificar el cumplimiento de los requisitos de quienes aspiren obtener una beca y de la asignación de la misma.

El Comité Técnico Calificador está integrado por representantes de:
1. Secretaría General.
2. Tesorería General.
3. Contraloría General.
4. Oficina del Abogado General.
5. Vicerrectoría de Docencia.
6. Dirección de Acompañamiento al Estudiante.
7. Dirección de Cultura Física.

OCTAVA. El Comité Técnico Calificador, será el responsable de revisar y evaluar las solicitudes, así como de asignar las becas de conformidad con lo establecido en la presente Convocatoria.

NOVENA. Las solicitudes de beca que realicen los estudiantes, serán evaluadas por el Comité Técnico Calificador, tomando en consideración los siguientes criterios:
1. Su necesidad económica. 2. Su desempeño académico. 3. Que provenga de alguna comunidad indígena, rural o urbana marginada. 4. Que tenga discapacidad sensorial o motora. DÉCIMA. Los resultados del proceso de selección de alumnos becarios se darán a conocer el día miércoles 28 de mayo a través de la
página electrónica (www.becas.buap.mx). Éstos son inapelables.

DÉCIMO PRIMERA. En caso de que se detecte falsedad en los datos proporcionados por el alumno, la beca será cancelada aún cuando ya haya sido asignada.

DÉCIMO SEGUNDA. Los casos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos por el Comité Técnico Calificador.

Para mayores informes se pone a su disposición el siguiente correo: becas@correo.buap.mx, o bien podrá dirigirse a las oficinas de la Secretaría General de la BUAP, ubicadas en 4 Sur No. 104, Centro Histórico “Edificio Carolino”, Puebla, Pue.
Teléfono (01-222) 2 29 55 00, Ext. 5462 y 5944. Horario de atención de 09:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes.
A t e n t a m e n t e
"PENSAR BIEN, PARA VIVIR MEJOR"
H. Puebla de Z., 7 de mayo de 2014.
Dr. René Valdiviezo Sandoval
Secretario General

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